A principios de 2004, la Comisión incluyó en su propuesta de Directiva relativa a los servicios en el mercado interior una serie de disposiciones que codifican aquellas sentencias en las que el Tribunal de Justicia aplica a los servicios de salud los principios de libre circulación. Sin embargo, el Parlamento y el Consejo no consideraron adecuado este planteamiento e instaron a la Comisión a elaborar propuestas específicas al respecto.
El 2 de julio de 2008, como parte de la Agenda Social Renovada, la Comisión aprobó una propuesta de Directiva sobre la aplicación de los derechos de los pacientes en materia de asistencia sanitaria transfronteriza, que establece un marco comunitario para una asistencia sanitaria transfronteriza segura, eficiente y de alta calidad, mediante el fortalecimiento de la cooperación entre los Estados Miembros y el establecimiento de una seguridad jurídica sobre los derechos de los pacientes que recurren a la asistencia sanitaria en otro Estado Miembro.
La Propuesta de Directiva prevé el establecimiento de un marco general para garantizar la seguridad, la calidad y la eficacia de las prestaciones en materia de asistencia sanitaria transfronteriza, siendo su principal complejidad la de determinar quién paga los costes de la asistencia médica prestada en otro país.
En este sentido desde el pasado 1 de mayo quince países de la Unión Europea (UE), entre ellos España, se han comprometido a ofrecer a un paciente nacional, que resida en otro país, la asistencia en su propio país de origen, que correrá con los gastos.
España espera que dicha norma, denominada Reglamento 883, y que se aplicará también en Holanda, Francia o Alemania, forme parte de la futura directiva transfronteriza de asistencia sanitaria que nuestra Ministra de Sanidad confía en que se acuerde en junio durante la Presidencia española, fecha en la que se debatirá el nuevo texto de directiva por ella propuesta para su aprobación, en el que se incluirá entre otros requisitos, la necesidad de que siempre exista una autorización médica previa, un sistema de control de los centros de salud públicos y privados de toda la UE, así como el que respeto los principios básicos de seguridad del paciente.