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NUEVO SEGURO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Las vacaciones de verano han hecho pasar inadvertida la adjudicación del contrato de póliza del seguro de responsabilidad civil y patrimonial de la Comunidad de Madrid, de gran trascendencia para sus profesionales sanitarios, así como para usuarios y pacientes, al cubrir con cargo al asegurado las indemnizaciones correspondientes a todos los daños corporales, materiales, morales y económicos derivados de toda actuación de la que resulte legalmente responsable.

En efecto el pasado 28 de julio, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobaba la propuesta de adjudicación de la Consejería de Sanidad y Consumo correspondiente al seguro del Servicio Madrileño de Salud, por un importe de 8.745.000 euros, a favor de la Compañía Inglesa “QBE INTERNATIONAL INSURANCE LIMITED”, quien ha pasado a ser el asegurador desde el día 1 de agosto, y por un periodo de 12 meses, hasta el día 31 de julio de 2006.

Las mejoras introducidas en cuanto a cobertura y límites con respecto a los contratos anteriores, la última Compañía aseguradora fue ZURICH, han sido el incremento del límite por siniestro hasta un máximo de 1.200.000 euros, frente a los 900.000 del último contrato de seguro, así como un incremento del límite por damnificado hasta un máximo de 600.000 euros, frente a los 450.000 hasta el pasado agosto.

Otras mejoras hacen referencia a la eliminación de la franquicia, así como a la inclusión de riesgos, tales como reclamaciones derivadas de daños estéticos por no haber obtenido la finalidad propuesta en las operaciones de cirugía plástica no reparadora.

Pero quizás la mejora fundamental para los profesionales sanitarios, lo que había sido solicitado al Consejero de Sanidad, (ver Redacción Médica nº 103, de 28 de abril de 2005), ha sido la libre elección de sus defensas, lo que les facultará de una forma efectiva y real designar a sus abogados y procuradores de su confianza , tanto por lo que se refiere a la responsabilidad civil como penal. Dicha defensa procederá incluso contra reclamaciones infundadas o en el caso de alegarse conductas dolosas en cualquier procedimiento judicial.

A pesar de las fechas, esta vez parece que se ha pensado también en los profesionales sanitarios.

Publicado en Redacción Médica el Martes 6 de Septiembre de 2005. Número 170.AÑO I