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EL TSJ DE MADRID DESESTIMA EL RECURSO DE ENFERMERÍA CONTRA LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENDER LA RESOLUCIÓN SOBRE CUIDADOS CORPOESTÉTICOS

El TSJ de Madrid ha dictado un nuevo auto, estimatorio de las alegaciones del Consejo General de Colegios de Médicos desestimando el recurso de Enfermería, contra la medida cautelar de suspender la resolución 19/2017, de 14 de diciembre, del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España sobre competencias enfermeras sobre cuidados corpoestéticos y de la prevención del envejecimiento por ser “actos puramente médicos” y tratarse de “una invasión de competencias exclusivas” por parte de la profesión enfermera.

El Consejo General de Colegios de Médicos de España solicitó a través de su asesor jurídico Ricardo De Lorenzo, la suspensión de la resolución impugnada porque atribuía “a un diplomado sanitario o grado enfermero actos puramente médicos y esto dañaría no solamente a los facultativos que han realizado su formación en Medicina, que vería como un profesional no médico realiza tareas innatas a su profesión, sino, especialmente a los pacientes, que podrían estar siendo tratados medicamente por enfermeros que no son licenciados o grado en Medicina”.

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