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LAS DIFERENTES PREOCUPACIONES JURÍDICAS DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS

La participación en una misma semana en diferentes eventos sanitarios como conferenciante, te da una visión especialmente llamativa de las preocupaciones de los profesionales sanitarios desde sus diferentes especialidades, que invitan a la reflexión.

La semana empezó con el LXIV Congreso Anual de la Sociedad Española de Patología Digestiva, en el que se planteó un tema especialmente delicado como era La sedación en endoscopia digestiva: ¿Por quién? ¿A quién? ¿Dónde y cómo?; el debate requería de consenso, como siempre que se plantea el mal llamado, desde mi punto de vista, “intrusismo interprofesional”, y en el que se esgrime la idea de que existe un derecho de propiedad exclusiva o territorial de los especialistas sobre determinados sistemas orgánicos o sobre determinadas prácticas preventivas, diagnósticas o rehabilitadoras. El título de especialista confiere los derechos que señala la Ley, pero no concede de por sí, y de modo indefinido, automático y perpetuo, la necesaria competencia.
El criterio decisivo para el ejercicio profesional responsable es la posesión de la competencia debida para realizar la correspondiente intervención médica, y los problemas no surgirán más que desde la responsabilidad profesional sanitaria si se puede demostrar, que no se ha adquirido la necesaria experiencia o imposibilidad de justificar la debida competencia. Otra cosa muy diferente es esgrimir la condición de especialista sin el correspondiente título…

Merece la pena releer el documento “Las fronteras internas del ejercicio profesional” aprobado por la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de 1998.

La preocupación de los oncólogos gallegos que celebraron el viernes su XVII reunión anual en La Coruña era otra, “El Consejo Genético”. El trazado del código genético ha dibujado nuevos horizontes para la investigación científica, dando lugar al conocimiento de caracteres de nuestra fisiología hasta ahora ignorados y al descubrimiento de nuevas terapias que pueden solventar problemas que se creían de difícil o imposible solución. Pero la otra faz de esta realidad pone de manifiesto la existencia de algunos peligros generados por el mal uso de la experimentación científica y de la información obtenida a través de la misma; pues si la confidencialidad es decisiva en toda información sanitaria, en el caso de la genética es, si cabe, mayor por su implicación para otros miembros de la familia, sus consecuencias sobre la toma de decisiones por parte de terceros, el peligro de discriminación y los antecedentes de abuso, que tristemente han precedido su uso.

El sábado les correspondía a los odontoestomatólogos la celebración del XXIX Congreso Nacional y IX Internacional de Odontología y Estomatología y del XXIII Congreso Odontológico Hispano-Latino-Americano, y su preocupación era sobre el “Contrato de obra o de medios, posibilidad de predicción de resultados en Odontología basados en la evidencia científica. El seguro de responsabilidad civil, casuística de las demandas legales”.

La reflexión es simple: es inexacto decir que Medicina y Derecho son ciencias humanas apartadas, desconectadas en la práctica y recíprocamente desconocidas. El Derecho Sanitario está dando respuesta a la demanda creciente de mutuo interés y de colaboración íntima entre profesionales de uno y otro campo en el estudio de los temas jurídico-sanitarios, de modo que se aborden en cada momento los más trascendentales

Publicado en Redacción Médica el Martes 21 de Junio de 2005. Número 139. AÑO I