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Absueltos tres pediatras por ajustarse al protocolo

La actuación de los acusados se ajusta a la lex artis y al buen hacer de la práctica clínica, ya que por los datos obtenidos en el momento del ingreso y la evolución durante los días que la paciente estuvo ingresada nada hacía sospechar la existencia de un proceso tuberculoso que hubiera hecho imprescindible la realización de más pruebas médicas". "Los facultativos se ajustaron a lo indicado en el protocolo de meningitis tuberculosa". Con esta argumentación el Juzgado de lo Penal número 1 de Benidorm ha absuelto a tres pediatras acusados de un delito de lesiones por imprudencia grave.

El juzgado ha estudiado el caso de una menor de catorce meses que acudió a un centro de salud porque presentaba "convulsiones focales en la cara, mioclonía, hipertonía, pupilas isocóridas y movimientos involuntarios". El pediatra que la atendió la derivó a un hospital por la "posibilidad de sepsis meningitis". La pediatra de guardia, ante la sospecha de tratarse de una meningitis, acordó analítica de sangre y punción lumbar. La facultativo decidió que la menor fuera ingresada con un diagnóstico de "meningitis vírica". "Se pautó antibióticos y antivirales".Durante los días siguientes la paciente experimentó una mejoría, por lo que se le dio de alta.

Sin embargo, cinco días después la pequeña volvió a Urgencias porque la fiebre continuaba sin remitir. Los pediatras volvieron a practicar punción lumbar. Los resultados de la prueba diagnosticaron "posible meningitis tuberculosa" y se solicitaron pruebas complementarias para confirmar el diagnóstico (PCR de herpes, cultivos para tuberculosis y enterovirus y TC).

Como quiera que la menor no mejoraba fue traslada a la UCI de un hospital de Valencia. Allí se le diagnosticó "meningoencefalitis". El pediatra que la atendió acordó una radiografía de tórax que "objetiva patrón compatible con la tuberculosis miliar". Asimismo, se le realizó "una resonancia magnética en la cabeza donde se le observó una afectación miliar de todo el parenquima cerebral".

Diagnóstico difícil La acusación mantuvo en el juicio que "los tres pediatras descartaron la posibilidad de que la menor tuviera meningitis tuberculosa y no practicaron una serie de pruebas de sencilla realización que hubieran permitido detectar esa enfermedad".

Sin embargo, el juzgado ha explicado que "no era precisa la realización de radiografías porque está desaconsejado por todos los tratados de pediatría cuando no existan datos que permitan sospechar de una enfermedad que las requiera". Por tanto, el fallo, que ha aceptado los argumentos de las letradas , Macarena Iturmendi y Ofelia de Lorenzo, que defendían a dos de los tres acusados, ha razonado que "su actuación fue correcta, pues no existía motivo para pensar en la tuberculosis y sí en una meningitis vírica, máxime en atención a los resultados del líquido cefalorraquídeo".

La sentencia ha resaltado que "ante la ausencia de sospechas de meningitis tuberculosa difícilmente se podría actuar frente a la misma". Y es que "en el primer ingreso de la menor la enfermedad estaba en una fase inicial y los síntomas eran inespecíficos".

Además, "en los protocolos se establece que ante la sospecha clínica de meningitis se debe realizar analítica, hemocultivos y punción lumbar, que fue lo que se hizo". De las pruebas que se practicaron "parecían orientar a un diagnóstico de meningitis vírica y nunca tuberculosa", ha subrayado el juzgado penal.

Publicado en Diario Médico, el 4 de noviembre de 2014

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