LA AUTOPSIA, NO EL CERTIFICADO DETERMINA LA CAUSA DE UN FALLECIMIENTO
Un fallo ha absuelto a dos médicos tras el fallecimiento de un paciente porque la conducta de los profesionales fue en todo momento acorde con los síntomas que el enfermo presentaba.
El juzgado afirma que al no existir autopsia no se puede determinar la causa del fallecimiento.
El Juzgado Penal número 1 de Móstoles ha absuelto a dos médicos de la demanda interpuesta por los familiares de un paciente que falleció en un centro hospitalario tras una parada cardiorrespiratoria. El fallo rechaza la concurrencia de una imprudencia profesional de los facultativos y se apoya en los informes periciales para descartar la mala praxis en la actuación de los profesionales. Además, duda de que la causa del fallecimiento fuera su enfermedad hereditaria, al no haberse realizado la autopsia y sólo tener constancia del certificado de defunción.
Además, el fallo, que admite las argumentaciones de Macarena Iturmendi, letrada de De Lorenzo Abogados, duda de cuál fue la causa que desencadenó el fallecimiento. La falta de autopsia, dice el juzgado penal, "no se puede suplir con el certificado de defunción" donde consta la parada cardiorrespiratoria. De hecho la facultativa que firmó el certificado de defunción hace referencia al angioedema hereditario, pero ello no significa que sea causa-efecto-consecuencia de la muerte, "sino que son sólo datos objetivos de que disponía en ese preciso instante".
Publicado en Diario Médico el 30 de Junio de 2011.