Noticias De Lorenzo Abogados

30
01
2023

IMPLICACIONES DE LA LEY DE EUTANASIA Y DEMOGRAFÍA MÉDICA, TEMAS CENTRALES DE LA ASAMBLEA CONJUNTA ENTRE MÉDICOS DE HOSPITALES Y DE ATENCIÓN PRIMARIA RURAL EN EL CGCOM


El pasado viernes 27 de enero ha tenido lugar, de forma semipresencial, la asamblea conjunta entre los representantes provinciales de la sección de médicos de Atención Primaria Rural y de los médicos de Hospitales en la sede del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). En la asamblea se han abordado las consecuencias e implicaciones que conlleva la aplicación de la actual Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (de aquí en adelante, la LORE) y se han presentado los resultados de un informe de demografía médica realizado por el Consejo de Colegios Oficiales de Médicos de Castilla y León.

El encuentro ha sido presidido por la Dra. Pilar Sánchez Conde, representante de la sección colegial de médicos de Hospitales del CGCOM, así como por el Dr. Hermenegildo Marcos Carrera, representante de la sección colegial de Atención Primaria Rural del CGCOM.

Durante la celebración de la asamblea ha tenido lugar una mesa redonda en la que se han planteado el alcance y la repercusión, a la luz del Derecho Sanitario, de la entrada en vigor de la LORE: la primera ponencia fue impartida por Don Ricardo De Lorenzo, director de los Servicios Jurídicos del Consejo General de Colegios de Médicos de España (CGCOM) y presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario; la segunda ponencia, ofrecida por el Dr. Francisco Vara, jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital de Los Montalvos de Salamanca y vicepresidente de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia, fue aprovechada para reflexionar alrededor de los cuidados paliativos y las prestación de ayuda a morir. Más en particular, los ponentes analizaron la trascendencia de esta reciente modificación legislativa y, asimismo, examinaron el procedimiento recogido en la LORE, que se inicia con una solicitud del paciente al médico responsable, continúa con un proceso deliberativo y, en caso de que persista el deseo del paciente, se requiere un informe al Comité de Garantía de ámbito autonómico, teniendo siempre presente que el objetivo de los médicos es asistir y acompañar al paciente en todo momento durante su enfermedad.

En ambas intervenciones se ha insistido en acotar bien los términos relativos a la eutanasia y al proceso del final de la vida, y, del mismo modo, se ha tratado el tema del derecho a la objeción de conciencia, reconocido como derecho fundamental en la Constitución Española y actualmente recogido en el Código de Deontología Médica. A este respecto, se ha debatido sobre la conveniencia de que existan registros de objetores de conciencia en las Comunidades Autónomas, dado que también debe ser reconocida la objeción de conciencia sobrevenida y no inscrita y, por último, si se estimase conveniente la existencia de estos registros, se ha determinado que se debe facilitar su disponibilidad en los Colegios de Médicos.



Médicos y Pacientes

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23
01
2023

"MODIFICACIÓN PUNTUAL" PARA AMPLIAR EL TRABAJO MÉDICO PÚBLICO-PRIVADO


¿Puede un profesional sanitario saltarse el ‘veto’ de un Gobierno autonómico para ejercer tanto en la pública como en el sector privado? Lo cierto es que, a pesar de que existe una legislación estatal que ampara este derecho, a juicio del abogado Ricardo De Lorenzo resultaría “totalmente improcedente” que las comunidades elevaran a la administración central este tipo de solicitudes, pues son ellas las que pueden autorizar dicha compatibilidad. El presidente del bufete De Lorenzo Abogados considera, sin embargo, que la legislación vigente está “obsoleta”, y defiende una “modificación puntual” de la misma para que el personal de la salud pueda prestar servicio en centros de diferente gestión.

No existe en España una visión común sobre la viabilidad de que médicos, enfermeros y el resto del personal sanitario compaginen su trabajo en los servicios públicos de salud y en clínicas o centros privados. Autonomías como Andalucía, Murcia o Galicia han optado por flexibilizar la normativa para permitir esta compatibilidad bajo ciertos requisitos. Otras, como Navarra, mantienen el régimen de exclusividad de los profesionales públicos.

Según explica De Lorenzo, más allá de lo establecido en el Real Decreto 598/1985 sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, hay que tener en cuenta que la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades en trabajadores autonómicos establece, en su artículo segundo, “que esta será de aplicación al personal al servicio de las comunidades”. En resumen, las CCAA “son las administraciones competentes para autorizar o reconocer a su propio personal la compatibilidad para desempeñar una actividad secundaria en cualquier otro centro de trabajo”.



Redacción Médica

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09
01
2023

DE LORENZO ABOGADOS LOGRA QUE UN JUEZ APLIQUE LAS RECOMENDACIONES DE LA CE EN BASE A LA ENFERMEDAD PROFESIONAL POR COVID


El juzgado de lo Social número 44 de Madrid ha reconocido por primera vez el coronavirus como enfermedad profesional en aplicación de las recomendaciones de la Comisión Europea (CE). La afectada, enfermera en el Hospital Universitario Fundación Alcorcón, se contagió durante el desempeño de sus funciones habituales, que implicaban contacto directo con pacientes covid. Debido a las complicaciones de su patología llegó a ser ingresada en la UCI con una neumonía bilateral con insuficiencia respiratoria aguda y permaneció más de 500 días de baja.

En su sentencia, motivada por una demanda del bufete De Lorenzo Abogados, la sala estima el reconocimiento como enfermedad profesional de la contingencia de incapacidad temporal al considerar que la enfermera contrajo el virus “como consecuencia del desempeño de su profesión en el centro sanitario, siendo el contagio de la enfermedad causa exclusiva en la realización del trabajo”. Ante la importancia de esta sentencia, Ricardo De Lorenzo, presidente del bufete, José Luis de Vicente Álvarez, director del Área Laboral y Seguridad Social de De Lorenzo Abogados, y Silvia Barrios García, abogada de dicha área, charlan con Redacción Médica para analizar el calado del escrito judicial que puede suponer un antes y un después en el tratamiento de la enfermedad profesional por Covid-19, tras aplicar las recomendaciones de la Comisión Europea en esta materia.



Redacción Médica

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