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LA VÍA PARA REGULAR LAS INDEMNIZACIONES COVID PASA POR SU BAREMACIÓN

La sentencia que obliga a indemnizar a los profesionales sanitarios con cantidades que oscilan entre los 5.000 y los 49.000 euros por la falta de material de protección contra el Covid-19 durante la primera ola ha suscitado las primeras reacciones. “Es una gran noticia”, reconoce Ricardo De Lorenzo, director de los servicios jurídicos del Consejero General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom). Desde dicha instititución celebran esta decisión judicial “como el inicio del reconocimiento y la justicia a todos los médicos y profesionales sanitarios en general, ante los incumplimientos de la Administración de adoptar medidas y medios de protección conforme a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”, aunque, reclaman, que dichas indemnizaciones pasen por un baremo de daños sanitarios.

De Lorenzo señala a Redacción Médica que la falta de material de protección ha comportado un grave riesgo para la seguridad y la salud de los facultativos, en particular, y de todos los trabajadores sanitarios, en general, por su exposición directa al riesgo de contagio. No obstante, advierte de que, ante la heterogeneidad en los pronunciamientos que se vienen dictando por los diferentes juzgados y jurisdicciones en las distintas comunidades autónomas, “habrá aún que esperar a una jurisprudencia y doctrina que se consoliden pues frente a las obligaciones morales y legales de los profesionales sanitarios”. Por este motivo reclama una vez más la necesidad de "establecer un baremo de daños sanitarios que regule este tipo de indemnizaciones".

Esta misma semana, el Juzgado de lo Social nº 5 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana a indemnizar hasta con casi 50.000 euros a los profesionales sanitarios por su exposición al Covid-19 debido a la falta de material de protección durante la primera ola. En este sentido, la Justicia señala un “incumplimiento de las medidas de prevención individual” por parte del Departamento, el cual habría significado “un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado”, según dicta la sentencia a la que ha tenido acceso este diario.

Redacción Médica

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