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PROMEDE ANALIZA OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN POR PÉRDIDAS DE OPORTUNIDAD DEBIDAS A LA COVID-19

Promede, formación que agrupa a profesionales de la Medicina y el Derecho, ha analizado las hipotéticas opciones de indemnización debidas a pérdidas de oportunidad en los litigios que puedan generarse en el ámbito de la asistencia sanitaria durante la pandemia de Covid-19.

En formato virtual, la tertulia abordó con sus invitados aspectos del mayor interés jurídico y sanitario como las atribuciones de la carga de la prueba, la asignación de culpa, la pavorosa falta de medios en la primera ola de la pandemia, la posible exclusión de residentes mayores de la prestación sanitaria y el seguimiento de protocolos de emergencia, entre otros muchos aspectos legales y médicos del mayor interés.

La directora del área jurídico contenciosa del gabinete jurídico De Lorenzo Abogados, la letrada Ofelia de Lorenzo Aparici, también incidió en que no todo daño ocasionado durante la pandemia se ajusta a la doctrina de la pérdida de la oportunidad. Al existir muchos supuestos como son los posibles errores de diagnóstico, la falta de medios de protección y tratamientos y la demora en la atención a las otras patologías.

De Lorenzo también aseguró que, en general, hay que estudiar cada caso dentro de la fase concreta de la pandemia, ya que la responsabilidad puede no ser la misma en la primera ola que cuando el Gobierno central tuvo el mando único o cuando las comunidades autónomas entraron en situación de cogobernanza. Por lo que dibujó cuatro escenarios, también condicionados por la progresiva implantación de la telemedicina y las posibilidades de la atención remota. Mientras que los hospitales privados quedaron legitimados como responsables según cada escenario y cuando no quedaron subordinados al poder público.

Mencionó que, en 2014, hubo condena por un fallecimiento debido a la gripe A, a pesar de no haber existido daño en la Lex Artis. Apuntó la jurista a responsabilidades en los países por posibles daños derivados de las nuevas vacunas que, a su juicio, deberían generar fondos estatales de compensación. Aunque prefirió en el mayor número de casos posibles la resolución extrajudicial de los conflictos, que humaniza las controversias, antes que el establecimiento de un seguro generalizado desde la Administración.

De igual modo, recordó que los tribunales tienden a objetivar los procesos con sentido de pérdida de oportunidad.



Acta Sanitaria

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Redacción Médica

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