Entre los participantes, intervino el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, quien centró parte de su exposición en la proliferación de páginas web que hacen apología de la anorexia y la bulimia, páginas en las que se comparten consejos sobre dietas rápidas, medicamentos y laxantes para adelgazar, trucos para engañar a los padres, etc…
Durante su exposición, el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, solicitó que la reforma del Código Penal tipifique como delito la apología de la bulimia y la anorexia, ya que en la actualidad, según manifestó, no existe una herramienta legal para proceder al cierre de estas páginas, haciendo además alusión a un informe de la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional que dispone que existen más de 400 web en español con esta temática y que el 95 por ciento de los usuarios de estas páginas son mujeres de entre 12 y 28 años.
Conforme al artículo 43 de la Constitución, compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios, fomentando además la educación sanitaria y siendo las conductas de alimentación un aspecto importante de ésta. Nos encontramos ante trastornos caracterizados por una pérdida de peso deliberada, que es inducida y mantenida por el propio enfermo teniendo una alta incidencia entre las mujeres y detectándose su aparición en edades cada vez más tempranas, generando unas consecuencias biológicas muy graves en el cuerpo de la mujer tales como alteraciones en el sistema inmunológico, osteoporosis, arritmias cardiacas, así como numerosas deficiencias en el sistema endocrino, sin olvidar el daño psicológico causado.
Ciertamente, los daños causados por estos trastornos, provocados en su mayor parte por la sociedad en la que vivimos, son muy serios y repercuten gravemente en nuestros menores por lo que se deben emplear todos los instrumentos a nuestro alcance para luchar contra la misma, manifestando el papel relevante que debe adquirir la educación a los menores y jóvenes.
En tanto la apología de la anorexia y la bulimia no esté tipificado como delito, el art 8 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico prevé la adopción de las medidas necesarias para interrumpir la prestación de un servicio en Internet o retirar parte de los datos publicados cuando se atente con la salud pública o contra la juventud y la infancia, procedimientos iniciados por el Ministerio de Sanidad para el cierre de páginas web orientadas a la venta de medicamentos no autorizados o falsificados.
Sin duda, el tema tratado es uno de los riesgos que Internet conlleva, pero dado el uso que se hace de este recurso también puede configurarse como una oportunidad para hacer frente a estos trastornos, mediante una mayor difusión de las páginas web que existen y que orientan a las personas que puedan padecer esta enfermedad e informan sobre los medios de los que disponen para su superación.
Publicado en Redacción Médica el jueves 27 de mayo de 2010. Número 1241. Año VI.