La Cámara Alta belga aprobaba la semana pasada por un resultado de 86 votos a favor, 44 en contra y 12 abstenciones la ley que despenaliza la eutanasia para menores de edad con enfermedades incurables sin límite de edad.
Bélgica se convierte así en el primer país del mundo que autoriza la eutanasia infantil sin límite de edad. En Países Bajos ya está despenalizada pero sólo para los mayores de 12 años. Para los adultos belgas, la eutanasia ya es legal desde 2002.La extensión a menores de edad, no obstante, estará sujeta a una serie de condiciones, como la valoración del menor “suficientemente maduro” a juicio de sus médicos -quienes confirmarán su capacidad de discernimiento-, y que por el sufrimiento causado en su entorno por una enfermedad incurable no desea seguir viviendo. Será cuando se manifieste un sufrimiento físico insoportable, su muerte a corto plazo sea inevitable y la solicitud de una muerte asistida sea “repetida y constante”, con la certificación del visto bueno de los padres.
La ley ha contado con el apoyo de los socialistas y liberales valones y flamencos, de los verdes y del partido secesionista flamenco N-VA. En contra se han mantenido los democristianos valones y flamencos y el partido de extrema derecha Vlaams Belang. La normativa ha recibido además las críticas del primer Congreso Internacional de Cuidados Paliativos Pediátricos celebrado esta semana en India y que ha incluido en su declaración final un «llamamiento urgente al Gobierno belga para que reconsidere su decisión». Los expertos reunidos en el congreso internacional han defendido que todos los menores en estado terminal deben tener acceso a los medios adecuados para controlar el dolor y los síntomas, así como a cuidados paliativos de alta calidad. «Creemos que la eutanasia no forma parte de la terapia paliativa pediátrica y no constituye una alternativa», dice la declaración recogida por los medios belgas.
En Francia el Conseil National de l’Ordre des Médecins, propuso el año pasado al Gobierno del Presidente François Hollande, la posibilidad de legalizar una «sedación terminal» para pacientes «excepcionales» a los que no se dirige la Ley Leonetti de 2005, que autoriza ciertos tratamientos que permiten aliviar el dolor y «acortar» la vida del paciente”, con su expreso consentimiento.
Esta fue la primera vez que los propios Médicos franceses introdujeron el término sedación terminal considerando que el marco normativo francés, que propone la aplicación de cuidados paliativos a los enfermos terminales, responde a la mayor parte de los casos, pero, es insuficiente. Según la Orden de los Médicos, la ley puede no ofrecer ninguna solución para ciertas agonías prolongadas, o para dolores psicológicos y/o físicos que, pese a los medios puestos en marcha, siguen siendo incontrolables. En esos casos «excepcionales», en los que la atención curativa es inoperante se impone la toma de una decisión médica legítima, que debe ser colegiada, indicó la Orden de los Médicos, precisando que el paciente debe efectuar la petición de forma «persistente, lúcida y reiterada”. “Una sedación adaptada, profunda y terminal, proporcionada con respeto a la dignidad, puede ser planteada como un deber de humanidad por el colectivo Médico.
La iniciativa de la Orden de los Médicos Franceses, tomando partido por una evolución de la legislación, aunque añadió un nuevo argumento a favor de los partidarios de la eutanasia, la realidad es que no abrió ninguna vía a la eutanasia activa directa, puesto que la propuesta del Consejo consultivo de ética va en el sentido, de declarar que «una decisión médica legítima debe ser tomada ante situaciones clínicas excepcionales», tras «pedidos persistentes, lúcidos y reiterados de la persona aquejada de una enfermedad para la cual los cuidados curativos han pasado a ser inoperantes y los cuidados paliativos instaurados».
Desde el 22 de abril de 2005, fecha en que se promulgó la ley sobre la muerte digna y los derechos de los pacientes, es legal en Francia, igual que en España, los tratamientos paliativos que pueden acortar la vida, cuyo objetivo prioritario es el alivio de los síntomas (entre los que el dolor suele tener un gran protagonismo) que provocan sufrimiento y deterioran la calidad de vida del enfermo en situación terminal. Con este fin se pueden emplear analgésicos o sedantes en la dosis necesaria para alcanzar los objetivos terapéuticos, aunque se pudiera ocasionar indirectamente un adelanto del fallecimiento.
Volviendo a Bélgica, el Senado belga ya había aprobado la medida a fines del año pasado. Ahora, la ley aguarda la firma del rey Felipe, lo que se da por descontado. La nueva regulación podría entonces entrar en vigor en algunas semanas o meses, a pesar de las críticas de las diferentes Iglesias y Asociaciones de Pacientes, y también de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa que ha señalado que la propuesta desafía «la base de la sociedad civilizada».
En el ámbito del Derecho Sanitario, uno de los valores que, de forma sobresaliente, le otorgan a los seres humanos el estatuto de la dignidad lo representa, sin lugar a dudas, la autonomía del paciente, entendida ésta como la capacidad de autogobierno que le permite al paciente elegir razonadamente en base a una apreciación personal sobre las posibilidades futuras, evaluadas y sustentadas en un sistema propio de valores.
Esta autonomía, no obstante, debe tener como complemento a la libertad dado que nadie puede autogobernarse si se le restringe, coarta, soslaya, limita o impide de alguna manera su ejercicio. Sin embargo, y esto también es importante, la autonomía tiene siempre ante sí la frontera que le impone su relación con otra u otras personas, como el no causarles perjuicio.
Esta autonomía ejercida en libertad nos otorga el valioso “don” de elegir personalmente frente a los diferentes y diversos proyectos de vida. La autonomía, entonces, debe facilitarse y garantizarse para todos y, asimismo, como ninguna persona tiene facultades para intervenir de alguna manera en dicha elección, deben establecerse todos aquellos mecanismos necesarios para impedirlo. El progreso humano y el grado de civilización, debe medirse por el respeto, la valoración y la protección de los más débiles y desfavorecidos: los discapacitados, los niños, y los ancianos… en definitiva por la valoración de la Dignidad humana.
Publicado en Redacción Médica el Miércoles, 26 de febrero de 2014 . Número 2215. Año X.