Blog

MUFACE Y LEY 30/2007, DE 30 DE OCTUBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

Desde nuestro ingreso en la Comunidad Económica Europea en 1986, tras el Acta de Adhesión firmado el 12 de junio de 1985 en el Salón de Columnas del Palacio Real de Madrid, la normativa comunitaria ha sido el referente obligado de nuestra legislación de contratos públicos, de tal forma que, en los últimos años, las sucesivas reformas que han llevado desde el Texto Articulado de la Ley de Bases de la Ley de Contratos del Estado hasta el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas han tenido como una de sus principales justificaciones la necesidad de adaptar esta legislación a los requerimientos de las directivas comunitarias.

La Ley 20/ 2007, de 30 de Octubre, en vigor desde 2008, incorporó a nuestro ordenamiento no solo la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, sino que supuso un nuevo proceso de revisión de nuestra legislación de contratos públicos, adoptando un planteamiento de reforma global, que introdujo modificaciones en diversos ámbitos de nuestra legislación, en respuesta a las peticiones formuladas desde múltiples instancias (administrativas, académicas, sociales y empresariales) de introducir diversas mejoras en la misma y dar solución a ciertos problemas que la experiencia aplicativa de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ha ido poniendo de relieve a lo largo del tiempo.

Sin embargo, algunas modificaciones empiezan a verse con gran recelo, e incluso riesgo para la red sanitaria privada, como el cambio de designación de compañías aseguradoras que se encargan de la asistencia sanitaria de los funcionarios de la Administración Central previsto en el futuro, mediante la convocatoria de un concurso público que según los expertos podrían limitar drásticamente el número de aseguradoras encargadas de las prestaciones.

Hasta ahora se utilizaba el método del concierto trienal, con un volumen de negocio de 1.200 millones al año, al que están adheridas nueve aseguradoras, que prestan servicio a los más de 1,5 millones de personas que componen el colectivo de Muface, en el que se fijaban los requisitos en los que se concretaban coberturas, servicios y precios. Las compañías que lo deseaban se adherían al concierto, En enero de cada año el funcionario podía pasarse al sistema público o adherirse al concierto. El 85% de los funcionarios con esta capacidad de opción venían eligiendo esta última posibilidad. El actual concierto terminará en diciembre y parece que la convocatoria del concurso podría ser en septiembre.

Para las compañías, aunque la situación actual dista mucho de ser perfecta, debido a la dificultad que plantea tradicionalmente ser suministrador de la Administración, por los precios a la baja que se pagan, la realidad es que del actual modelo depende una parte muy importante de la red sanitaria privada, que es compartida por todos los operadores.

El sistema de concurso supondría echar del mercado a las compañías que no fueran seleccionadas y a su vez, la aseguradora que ganase el concurso y expulsase a las demás debería hacer cargo de la red privada en solitario. El resto de empresas del sector podrían prácticamente desaparecer. Y ese operador, además, sería el único que podría acudir a próximos concursos, de manera que la Administración le podría imponer las condiciones que quisiera. Mientras tanto dos millones trescientas mil personas entre funcionarios, militares, personal de Justicia y familiares de todos ellos, acogidos en España al sistema de mutualidades, que se verían afectados, prácticamente ni lo saben.

Publicado en Redacción Médica el martes 7 de junio de 2009. Número 1041. Año V.