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LEY CONCURSAL Y CENTRO ASEGURADOR

La nueva Ley Concursal ha permitido a Centro Asegurador que el juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid haya aceptado su declaración de “concurso voluntario” -proceso similar a la suspensión de pagos- para no hacer frente al pago de 11 millones de euros como indemnización a 110 personas heridas por un siniestro de 1997, cubierto por una póliza suscrita por una empresa pirotécnica, y que no se encontraba aprovisionado por el importe de la condena, sino por el importe que la aseguradora interpreta que era el máximo asegurado de 150.000 euros.

La inmediata consecuencia es que más de 100.000 asegurados pueden quedar sin seguro médico, si las clínicas se negaran a atender a los asegurados de Centro Asegurador, que no podrá hacer frente a los pagos, lo que constituye un auténtico problema sanitario en el que tendrá que actuar la responsable del Ministerio de Sanidad y Consumo y las Consejerías autonómicas de Salud. Mientras tanto la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones expresaba su “intensa preocupación” ante la critica situación patrimonial en la que se encuentra la aseguradora (que ocupa el puesto 89 entre las 130 del sector), preocupación que, parece ser, venía de lejos, nada más y nada menos que desde 1994…, aunque públicamente animó a los afectados a presentar una demanda a los tribunales (sic).

Al responsable de la Dirección de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano, solo le quedó aconsejarnos ”que había que leerse mejor la letra pequeña de las pólizas”, lo que parece hizo el Magistrado catalán que dictó el Auto de embargo.

Publicado en Redacción Médica el martes 8 de marzo de 2005. Número 69 AÑO I